domingo, 13 de septiembre de 2009

REGULARIDAD

DICTAMEN DE LA COMISION DE ENSEÑANZA APROBADO EL 16-09-2009 EN CONSEJO ACADEMICO, CON LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES:

Art. 2: Contemplar de 1ro a 5to para plan 2004 y para el resto de los planes en la totalidad de los años.

Art. 5: Se mantiene la 1ra readmisión automática.

Art. 6: Agregado al final: Además podrán cursar las materias correlativas que su condición permita.

Art. 7: Incorporar al final del párrafo: para aquellos que no se encuentran contemplados en el artículo 5to y 6to.

Art 9: Al final: A través de la comisión de enseñanza.

Art 10: Donde dice: hubiese estado alejado, no hubiese cursado o aprobado materia. Al final: A través de la comisión de enseñanza.

Art. 11: Todos los casos no contemplados en este articulado se podrán llevar al Consejo Académico previo análisis de la comisión de enseñanza.






ANALISIS DE SINAPSIS
SOBRE LA RESOLUCION DE LA COMISION DE ENSEÑANZA PRESENTADO EN ASAMBLEA (16 SEPT 09).

ART 2:
Este articulo aplicado a los dos primeros años complica la regularidad, ya que actualmente para ser regular solo se necesita una cursada de una materia cuatrimestral o bimestral y el final de una cursada anual.
En el contexto de que alrededor de 400 alumnos pierden la regularidad en estos 2 primeros años cobra aun más importancia.
Creemos que de esta manera se rebaja la cantidad de alumnos que avanza a los años superiores.
Además el ultimo articulo hace una lectura parcial del artículo 50 de la LES
("Cada institución dictara normas sobre regularidad en los estudios, que establezcan el rendimiento académico mínimo exigible, debiendo preverse que los alumnos aprueben por lo menos dos materias por año, salvo cuando el plan de estudios prevea menos de cuatro asignaturas anuales, en cuyo caso deben aprobar una como mínimo").

ART 3:
Se derogan los siguientes articulos de la resolución 982/05:
art 4: que establece la primer readmisión automática.
art 5: que establece la presentación de expedientes para las siguientes readmisiones.
art 7: que establece la figura de cancelado.
art 8: que establece las tres readmisiones.
art 9: que establece la condiciones de regularidad al ser readmitido.
art 13 inciso c: Los alumnos que nunca hayan solicitado readmisión quedan excluidos de esta reglamentación (...)
art 35: Regularidad segundo año.
art 37: Regularidad tercer año.
art 39: Regularidad cuarto año.
art 41: Regularidad quinto año.
art 43: Regularidad sexto año.

ART 4:
Consideramos que debe respetarse en su totalidad el articulo 11 del estatuto de la UNLP.
(“Las materias aprobadas son derechos adquiridos, inalienables de los estudiantes y bajo ninguna circunstancia podrán ser perdidas o derogadas.”)

ART 5:
Quien confiere la posibilidad de recuperar la regularidad.Además no debe ser una posibilidad sino un derecho recuperar la regularidad.

ART 6:
Si durante años les llevo 3 meses tratar un expediente te imaginas podrán tratar 400 en dos mese.
¿NO será mucho trabajo? Proponemos que estén preestablecidas las 2 materias que se necesitan para recuperar la regularidad, según el año de cursada en que haya perdido.
De esta forma se disminuiría los costo destinado a tramites burocráticos.

ART 7:
¿Qué diferencia hay entre un cancelado que tiene dando vueltas un expediente con un alumno pasivo que tiene que hacer un expediente? ¿”Otro triunfo histórico”'?

ART 8:
¿NO será mucho tiempo?

ART 9:
¿Es un recorrido turístico?... estoy podrido de pasear por la facultad.
¿Cómo seria? ¿Quien lo haría? ¿En que tiempo?

ART 10:
NO olvidar… ARTICULO 11 del ESTATUTO de la UNLP.



Es hora de darle una solución definitiva a esta cuestión de la regularidad, no permitir que pequeños parches actúen como herramienta de poder.

El estatuto se reformo hace un año y todavía hay persona que siguen dando vueltas sin poder ejercer su derecho a aprender y a estudiar.

No es cuestión de echar culpas por que durante este tiempo nadie hizo nada. Es hora de hacer algo, hagamoslo.



BASTA DE TRIUNFOS HISTORICOS VAMOS A SOLUCIONES CONCRETAS...

3 comentarios:

  1. muy atinados los comentarios , el problema es que en el consejo academico hay 8 manos que se levantan siempre en contra de el alumnado , pero a no preocuparse ,la experiencia me dice que esto explota el año proximo , cuando carradas de gente empiecen a sentir las consecuencias de dormir la siesta cuando ocho tipos te dicen que te la van a complicar cada vez mas , para graduarte

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  3. Ojala sean 8 solos... Cuando a un consejero estudiantil se le escapan algunas cosas, tan importantes como lo que es plan viejo, uno no sabe si es por omision, o aproposito, si en 7 años no lo ven, son unos verdaderos ineptos, y cuando digo esto me refiero a: Si se da de baja la reglamentacion sobre regularidad plan viejo res 112, tambien se estaria dando de baja las correlatividades, y el regimen de las materias (saber si una materia es basica o no) ¿basica es lo mismo que anual? por ejemplo infecto plan viejo no es basica y se cursa anual, cirugia se curso este año bimestral y es bàsica, y ahora me piden una anual, pero cual es? no solo eso, que pasa si yo me recibo en condiciòn de pasivo?
    Los cancelados que no sean del plan nuevo en donde quedan? si tienen que empezar expediente para cursar? los hechos demuestran que no se a conseguido mucho, se utilizan las herramientas como la asamblea para embolarte y no participar màs, es tiempo de transparencia, y de un cambio.
    este es un palo para las 2 agrupaciones que estuvieron bastante ineptas a mi percepcion

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